Términos internacionales de comercio y el seguro de carga (página 2)
FCA (Free Carrier). Libre transportista
(indicando el nombre del lugar convenido)
Tipo de Transporte: Todo tipo de
transporte, excepto marítimo.
FAS (Free Alongside Ship) Libre al costado
del Barco (indicando puerto de embarque convenido)
Tipo de Transporte :
Marítimo
FOB (Free On Board) Libre a Bordo
(indicando el puerto de embarque convenido)
Tipo de Transporte :
Marítimo
GRUPO C (con el pago del transporte
principal) El vendedor contrata el transporte sin asumir
riesgos de
pérdida o daño de
la mercancía o costos
adicionales después de la carga y despacho.
CFR (Cost and Freight) Costo y Flete
(indicando puerto de destino convenido)
Tipo de Transporte :
Marítimo
CIF (Cost, Insurance and Freight) Costo,
Seguro y Flete
(indicando el puerto de destino convenido.
Tipo de Transporte :
Marítimo
CPT(Carriage Paid To) Porte pagado hasta (indicando el
lugar de destino convenido)
Tipo de Transporte: Todo tipo de transporte.
CIP (Carriage and Insurance Paid to) Porte, Seguro
Pagado Hasta (indicando el punto de destino convenido).
Tipo de Transporte: Todo tipo de transporte.
GRUPO D (llegada)El vendedor soporta todos
los gastos y riesgos
necesarios para llevar la mercancía al país de
destino.
COMERCIO
IDAF (Delivered at frontier) Entregada en
Frontera o "A
mitad de Puente"
(Definiendo la frontera en cuestión)
Tipo de Transporte : Terrestre
DES (Delivered Ex Ship) Entrega sobre Buque
(indicando el puerto de destino convenido)
Tipo de Transporte :
Marítimo.
DEQ (Delivered Ex Quay) Entrega en
muelle de destino con los derechos pagados (indicando
puerto de destino).
Tipo de Transporte:
Marítimo.
DDU (Delivered Duty Unpaid) Entrega Derechos no
Pagados (indicando el lugar de destino).
Tipo de Transporte: Todo tipo.
DDP(Delivered Duty Paid) Entrega en destino con
derechos pagados (Indicando el lugar de destino convenido).
Tipo de Transporte: Todo tipo.
DEFINICION,
CARACTERISTICAS Y OBLIGACIONES DE CADA UNO DE LOS
INCONTERMS
GRUPO E (salida)
Características:
Mínima Obligación para el Vendedor
EXW (Ex Works)
Definición
Significa que el vendedor cumple su obligación de
entrega cuando pone la mercancía, en su establecimiento
(fábrica, almacén,
etc.), a disposición del comprador.
Obligaciones Comprador
Cargar la mercancía en vehículos
proporcionados por el mismo o de despacharla de aduana para
la exportación, salvo acuerdo en contrario,
correrá con todos los gastos (licencias,
autorizaciones, formalidades, impuestos,….) y riesgos de
tomar la mercancía del domicilio del vendedor hacia el
destino deseado, e incluso los de pérdida o
daño que pueda sufrir la mercancía a partir del
aviso del vendedor.Reembolsará los gastos que haya realizado el
vendedor al prestar su ayuda en la obtención de
documentos, permisos, etc. y efectuar el pago de la
mercancía según lo estipulado.
Obligaciones Vendedor
Suministrar la mercancía y la factura, o su
equivalente mensaje electrónico, de conformidad con el
contrato de venta y ponerla a su disposición en el
lugar designado a la fecha estipulada, en caso contrario, en
el lugar y fecha acostumbrados, con aviso suficiente al
comprador.Prestará la ayuda que precise el comprador para
obtener cualquier licencia, autorización, seguro, etc.
Soportará todos los gastos (marcado, embalaje,
peso,….), incluidos los riesgos de pérdida y
daño, hasta que la mercancía no haya sido
puesta a disposición del comprador.
GRUPO F (sin pago del transporte principal)
Características:
Entrega en Punto de Embarque.
Comprador designa y paga el Transporte.
Comprador asume el riesgo del transporte principal
FCA (Free Carrier).
Definición
El vendedor cumple su obligación de entregar la
mercancía cuando la pone, despachada de aduana para la
exportación, a cargo del transportista
nombrado por el comprador o persona por el
designada en el lugar o punto fijado, si no es así el
vendedor podrá escoger dentro de la zona estipulada el
lugar o punto de entrega.
Obligaciones Comprador
Pagar según lo dispuesto en el contrato de
venta.Conseguir todas las licencias, autorizaciones y
formalidades que necesite.Soportará los gastos de transporte y flete, a
partir de la recepción de la mercancía por
parte del transportista, en la forma y maneras que exija el
transporte, dando aviso al vendedor con suficiente
antelación del modo de transporte, fecha de entrega y
punto de entrega. Si el transportista no se hace cargo de la
mercancía, el comprador soportará los gastos a
partir de la fecha convenida o último plazo fijado
para ello.También estará obligado al pago, si no se
conviene otra cosa, de los gastos de inspección previa
al embarque, excepto si la inspección ha sido ordenada
por las autoridades del país exportador.Deberá reembolsar al vendedor los gastos
ocasionados por la ayuda prestada, así como pagar
todos los derechos, impuestos y otras cargas oficiales.Debe dar al vendedor aviso sobre el nombre del
transportista y especificar el modo de transporte, fecha y el
punto dentro de la zona donde la mercancía debe ser
entregada al transportista. Además aceptará la
prueba de la entrega.Pagar todos los gastos y gravámenes en que se haya
incurrido para la obtención de documentos.Reembolsar los efectuados por el vendedor al prestar su
ayuda al respecto y para contratar el transporte.Proporcionar las instrucciones al vendedor para contratar
el transporte, si previamente se lo ha requerido el
vendedor.
Obligaciones Vendedor
Suministrar la mercancía de conformidad con el
contrato de venta.Obtener licencia de exportación y los
trámites aduaneros necesarios para la
exportación de la mercancía.Debe entregar la mercancía a la custodia del
transportista designado por el comprador o escogido por
el vendedor en el lugar o punto fijado en la fecha o dentro
del plazo convenido para la entrega y de la forma convenida o
acostumbrada en tal sitio. A falta de instrucciones por
parte del comprador, el vendedor puede entregar la
mercancía al transportista en la forma que exijan el
modo de transporte de aquel porteador y la calidad y/o
naturaleza de la carga.El vendedor asumirá todos los riesgos de
pérdida o daño de la mercancía hasta el
momento en que haya sido entregada al transportista.En lo relativo a los gastos el vendedor deberá
pagar los relativos a la mercancía hasta el momento en
que haya sido entregada al transportista, así como los
gastos aduaneros, derechos, impuestos y otras cargas
exigibles a la exportación.Debe avisar al comprador de que la mercancía ha
sido entregada a la custodia del transportista, así
como proporcionarle el documento usual de prueba de la
entrega de la mercancía.Los gastos de las operaciones de verificación
necesarios para entregar la mercancía al transportista
al igual que los embalajes necesarios para el transporte
deben ser pagados por el vendedor.Prestación de ayuda al comprador para la
obtención de los documentos emitidos en el país
de entrega y/o de origen que puedan necesitar para la
importación de la mercancía y proporcionar al
comprador, siempre que así lo pida, la
información necesaria para conseguir el seguro.
FAS (Free Alongside Ship)
Definición
El vendedor cumple con su obligación de entrega cuando
la mercancía ha sido colocada al costado del buque, sobre
el muelle o en barcazas, en el puerto de embarque convenido.
Exige que el comprador despache la mercancía en aduana
para la exportación. Este término puede usarse
únicamente para el transporte por mar o por vías
acuáticas interiores.
Obligaciones Comprador
Pagar el precio según lo dispuesto en el contrato
de compra-venta.Contratar el transporte de la mercancía a partir
del puerto de embarque designado, así como recibir la
entrega de la mercancía. Los riesgos de pérdida
y daño de la mercancía los asumirá desde
el momento en que haya sido entregada y en caso de no cumplir
con sus obligaciones deberá soportar los riesgos
adicionales que pueda sufrir la mercancía por
dicho incumplimiento.Tendrá que pagar cualquier gasto adicional en que
se haya incurrido, ya sea porque el buque designado por
él no ha llegado a tiempo, o no puede hacerse cargo de
la mercancía, o deja de admitir carga antes del tiempo
estipulado.El comprador tendrá que dar al vendedor aviso sobre
el nombre del buque, lugar de carga y fecha de entrega
requerida y pagará los gastos de inspección
previa al embarque, así como todos los gastos y
gravámenes en que se haya incurrido para la
obtención de documentos y reembolsar los efectuados
por el vendedor al prestar su ayuda al respecto.
Obligaciones Vendedor
Suministrar la mercancía y la factura comercial
según el contrato de compra-ventaRealizar todos los trámites necesarios para el
despacho de aduanas, asumiendo todos los gastos que dicha
tramitación genere.La mercancía la tiene que entregar al costado del
buque en el lugar de carga dicho por el comprador, en la
fecha y de la forma acostumbrada en dicho puerto.Asume los riesgos sobre la mercancía hasta su
puesta a disposición del comprador.Tiene que informar al comprador de que la mercancía
ha sido entregada al costado del buque designado y
proporcionar el documento usual de prueba de dicha entrega de
la mercancía.Pagar los gastos necesarios de las operaciones de
verificación que sean necesarias al efecto de colocar
la mercancía a disposición del comprador, al
mismo tiempo que proporcionar, a sus propias expensas, el
embalaje requerido para el transporte de la
mercancía.Deberá prestar ayuda al comprador para la
obtención de cualquier documento emitido en el
país de entrega y/o de origen que pueda necesitar el
comprador, así como proporcionar la información
necesaria para conseguir un seguro.
FOB (Free On Board)
Definición
El vendedor cumple con su obligación de entrega cuando
la mercancía ha sobrepasado la borda del buque en el
puerto de embarque convenido. El vendedor tiene que despachar la
mercancía de exportación. Si las partes no desean
entregar las mercancías a través de la borda del
buque, debe usarse el término FCA.
Obligaciones Comprador
Debe pagar lo dispuesto en el contrato de compra-venta y
conseguir, por su propia cuenta y riesgo, cualquier licencia
de importación u autorización oficial precisa,
así como llevar a cabo todas las formalidades
aduaneras para la importación de la
mercancía.Tiene que contratar el transporte de la mercancía
desde el puerto de embarque designado y recibir la entrega de
la mercancía.Debe asumir todos los riesgos de pérdida o
daño de la mercancía, así como todos los
gastos desde el momento en que haya sobrepasado la borda del
buque en el puerto de embarque, si no da aviso suficiente o
si el buque no llega a tiempo debe soportar todos los riesgos
de pérdida o daño que pueda sufrir la
mercancía a partir de la fecha de expiración
del plazo fijado para la entrega.Tiene que pagar todos los gastos de derechos, impuestos y
otras cargas oficiales.Deberá avisar sobre el nombre del buque, el punto
de carga y la fecha de entrega requerida, aceptará la
prueba de la entrega y pagará los gastos de la
inspección previa al embarque, excepto si la
inspección ha sido ordenada por las autoridades del
país exportador.Otras obligaciones como son pagar los gastos y cargas en
que se haya incurrido para la obtención de los
documentos y reembolsar los efectuados por el vendedor al
prestar su ayuda al respecto.
Obligaciones Vendedor
Tiene que suministrar la mercancía y la factura
comercial de conformidad con el contrato de venta, obtener
cualquier licencia de exportación y cualquiera otra
autorización oficial precisa así como llevar a
cabo los trámites aduaneros necesarios para la
exportación de la mercancía.Entregar la mercancía a bordo del buque designado
por el comprador.Tendrá que soportar los riesgos de pérdida o
daño de la mercancía, así como los
gastos, hasta el momento en que haya sobrepasado la borda del
buque en el puerto de embarque fijado y dará al
comprador aviso suficiente de que la mercancía ha sido
entregada a bordo. Le proporcionará al comprador el
documento usual de prueba de la entrega, pagará los
gastos de las operaciones de verificación necesarias
para entregar la mercancía y proporcionará a
sus expensas el embalaje requerido para el transporte de la
mercancía.Otras obligaciones a las que el vendedor tiene que hacer
frente son las de prestar al comprador, a petición
suya, la ayuda precisa para obtener cualquier documento
emitido en el país de embarque y/o de origen que pueda
necesitar el comprador para la importación de la
mercancía y para su paso en tránsito por otros
países, así como la información
necesaria para conseguir un seguro.
GRUPO C (con el pago del transporte principal)
Características:
Entrega en Punto de Destino.
Vendedor designa y paga el Transporte.
Comprador asume el riesgo del transporte principal
CFR (Cost and Freight)
Definición
El vendedor ha de pagar los gastos y el flete necesarios para
hacer llegar la mercancía al puerto de destino convenido,
si bien el riesgo de
pérdida o daño de la mercancía se transfiere
del vendedor al comprador cuando la mercancía traspasa la
borda del buque en el puerto de embarque. Este término
exige que el vendedor despache la mercancía de
explotación.
Obligaciones Comprador
Tiene la obligación de pagar el precio según
lo dispuesto en el contrato de compra-venta y conseguir, por
su cuenta y riesgo, cualquier licencia de importación
o cualquier otra autorización oficial precisa,
así como llevar a cabo todos los trámites
aduaneros para la importación de la
mercancía.Aceptará la mercancía cuando ésta sea
entregada y la recibirá del transportista en el puerto
de destino designado. Los riesgos de pérdida o
daño de las mercancía los asumirá desde
el momento en que haya sobrepasado la borda del buque en el
puerto de embarque a no ser que no dé aviso al
vendedor en cuyo caso asumirá todos los riesgos de
pérdida o daños que pueda sufrir la
mercancía a partir de la fecha convenida o la fecha de
expiración del plazo fijado para el embarque.Tiene que pagar todos los gastos relacionados con la
mercancía desde el momento en que haya sido entregada,
así como todos los derechos, impuesto y otras cargas
oficiales y trámites aduaneros, exigibles por la
importación de la mercancía.Cuando tenga el derecho de determinar el tiempo de
embarque de la mercancía y/o el puerto de destino
dará al vendedor el aviso suficiente.Aceptará el documento de transporte y
pagará, de no haber convenido otra cosa, los gastos de
la inspección previa al embarque.Otras obligaciones es pagar todos los gastos y cargas en
que se haya incurrido para la obtención de los
documentos y reembolsar los efectuados por el vendedor al
prestar su ayuda al respecto.
Obligaciones Vendedor
Suministrar la mercancía y la factura comercial de
conformidad con el contrato de venta, así como obtener
cualquier licencia de exportación u otra
autorización oficial precisa y llevar a cabo todas las
formalidades aduaneras necesarias para la exportación
de la mercancía.Contratar el transporte de la mercancía al puerto
de destino designado por la ruta usual en un buque de
navegación marítima del tipo normalmente
empleado para transportar la mercancía descrita en el
contrato.Entregará la mercancía a bordo del buque, en
el puerto de embarque, en la fecha o dentro del plazo
estipulados.Asumirá todos los riesgos de pérdida o
daño de la mercancía hasta el momento en que
haya sobrepasado la borda del buque en el puerto de
embarque.Pagará todos los gastos relativos a la
mercancía hasta que haya sido entregada, incluidos los
de cargar la mercancía a bordo y cualesquier gasto que
por descargarla en el puerto de destino puedan ser exigidos
por las líneas regulares de navegación cuando
concluyen el contrato de transporte.A menos que se haya estipulado otra cosa,
deberá proporcionar, a sus propias expensas y
sin tardanza, al comprador el documento de transporte usual
para el puerto de destino convenido, estando eximido de
presentar al comprador una copia de la "chartes party"
(póliza de fletamento).Deberá pagar los gastos de las operaciones de
verificación necesarios al efecto de entregar la
mercancía, así como prestar al comprador, a
petición, riesgos y expensas de éste, la ayuda
requerida para obtener cualesquiera documentos o mensajes
electrónicos equivalentes emitidos o transmitidos en
el país de embarque y/o de origen que pueda
necesitar el comprador para la importación de la
mercancía.
CIF (Cost, Insurance and Freight)
Definición
Significa que el vendedor tiene las mismas obligaciones
que bajo CFR pero además ha de conseguir un seguro
marítimo de cobertura de los riesgos del comprador, de
pérdida o daño de la mercancía durante el
transporte. El comprador ha de observar que el vendedor
sólo está obligado a conseguir seguro con cobertura
mínima.
El término CIF exige que el vendedor despache la
mercancía en aduana para la exportación.
Se recomienda utilizar CPT, cuando las partes no deseen
entregar las mercancías a través de la borda del
buque.
Obligaciones Comprador
Este debe pagar el precio según lo dispuesto en el
contrato de compraventa además de conseguir cualquier
licencia de importación y llevar a cabo todos los
trámites aduaneros para la importación de la
mercancía.Aceptará la entrega de la mercancía,
así como deberá asumir todos los riesgos de
pérdida o daño de la mercancía desde el
momento en que haya sobrepasado la borda del buque en el
puerto de embarque, del mismo modo si no da aviso suficiente
asumirá todos los riesgos de pérdida o
daño que pueda sufrir la mercancía a partir de
la fecha convenida o la fecha de expiración del plazo
fijado para el embarque.Tendrá que pagar todos los gastos relacionados con
la mercancía desde el momento en que haya sido
entregada (a bordo del buque), los relacionados con la
mercancía en tránsito hasta su llegada al
puerto de destino, así como los gastos de
descarga.Deberá pagar todos los derechos, impuestos y otras
cargas oficiales, como son los trámites aduaneros
pagaderos por importación de mercancía.Cuando tenga derecho a determinar la fecha del embarque de
la mercancía deberá avisar al vendedor,
además de aceptar el documento de transporte si el
mismo resulta conforme a lo contratado. Este pagará
los gastos de la inspección previa al embarque.
Obligaciones Vendedor
Tendrá que suministrar la mercancía y la
factura comercial de conformidad con el contrato de venta,
así como obtener cualquier licencia de
exportación y llevar a cabo los trámites
aduaneros necesarios para la exportación de la
mercancía.Tendrá que realizar el contrato de transporte hasta
el puerto de destino convenido del tipo normalmente empleado
para el transporte de mercancías de la
descripción contractual, así como obtener un
seguro en que el comprador quede facultado para reclamar
directamente del asegurador, y proporcionar al comprador la
póliza del seguro y otra prueba de la cobertura de
seguro. El seguro mínimo cubrirá el precio
previsto en el contrato más un diez por ciento (es
decir, un 110%) y será concertado en la moneda del
contrato.Deberá entregar la mercancía a bordo del
buque, en el puerto de embarque, en la fecha o dentro del
plazo estipulado y asumir todos los riesgos de pérdida
o daño de la mercancía hasta el momento en que
haya sobrepasado la borda del buque en el puerto de
embarque.Tendrá que dar al comprador aviso suficiente de que
la mercancía ha sido entregada a bordo del buque. A
sus expensas, tendrá que proporcionar al comprador el
documento de transporte usual para el puerto de destino
convenido.Pagará los gastos de las operaciones de
verificación necesarios para poder entregar la
mercancía y proporcionar a sus propias expensas el
embalaje requerido para el transporte que haya ordenado.Deberá prestar al comprador la ayuda precisa para
obtener cualesquier documento que pueda necesitar el
comprador para la importación de la
mercancía.
CPT(Carriage Paid To)
Definición
El vendedor paga el flete del transporte de la
mercancía hasta el destino mencionado. El riesgo de
pérdida o daño de la mercancía, así
como cualquier gasto adicional debido a acontecimientos que
ocurran después del momento en que la mercancía
haya sido entregada al transportista, se transfiere del vendedor
al comprador cuando la mercancía ha sido entregada a la
custodia del transportista, habiendo abonado el vendedor el
seguro de la mercancía.
Este término exige que el vendedor despache la
mercancía en aduana para la exportación,
además puede usarse con cualquier modo de transporte,
incluido el multimodal.
Obligaciones Comprador
Deberá pagar el precio según lo dispuesto en
el contrato de compraventa, además de conseguir
cualquier licencia de importación o
autorización oficial precisas para llevar a cabo todos
los trámites aduaneros para la importación de
la mercancía.Tendrá que aceptar la entrega de la
mercancía y recibir del transportista en el lugar de
destino mencionado. Asumirá todos los riesgos de
pérdida o daño de la mercancía desde el
momento en que ha sido entregada. Si no da aviso suficiente,
asumirá todos los riesgos de la mercancía a
partir de la fecha convenida o de la fecha de
expiración del plazo fijado para la entrega.Pagará todos los gastos relacionados con la
mercancía desde el momento en que haya sido entregada,
además de pagar todos los derechos, impuestos y otras
cargas oficiales, así como los costos de llevar a cabo
los trámites aduaneros exigibles por
importación de la mercancía.Cuando tenga derecho de determinar la fecha de
expedición de la mercancía y/o el lugar de
destino, dar al vendedor aviso suficiente al respecto.Aceptará el documento de transporte si el mismo
resulta de conformidad con el contrato, así como pagar
los gastos de la inspección previa al embarque.
Obligaciones Vendedor
Está obligado a suministrar la mercancía y
la factura comercial de conformidad con el contrato de venta,
obtener cualquier licencia de exportación y llevar a
cabo los trámites aduaneros necesarios para la
exportación de la mercancía, contratar el
transporte de la mercancía hasta el punto convenido
del lugar de destino mencionado y si no se ha acordado
ningún punto, el vendedor puede elegir el punto del
lugar de destino que mejor el convenga.El vendedor tiene que entregar la mercancía a la
custodia del transportista en la fecha o dentro del plazo
estipulado, para su transporte hasta el lugar de destino.Deberá pagar todos los gastos relativos a la
mercancía hasta que ha sido entregada, así como
el flete y todos los demás gastos incluidos, los de
cargar la mercancía y cualesquiera cargos que por
descargarla en el lugar de destino, así como todos los
gastos de los trámites aduaneros necesarios a la
exportación, derechos, impuestos y otras cargas
oficiales.Tiene que dar al comprador aviso suficiente de que la
mercancía ha sido enviada, así como cualquier
otra información necesaria para permitir al comprador
la adopción de las medidas que hagan falta para que
pueda retirar la mercancía.Facilitará al comprador el documento de transporte
usual.Pagará los gastos de verificación necesarios
para poder entregar la mercancía y proporcionar a sus
expensas el embalaje requerido para el transporte que ha
ordenado.Prestará al comprador, a petición, riesgos y
expensas de éste, la ayuda precisa para obtener
cualquier documento necesario para la importación de
la mercancía y para su paso en tránsito por
otro país.
CIP (Carriage and Insurance Paid to)
Significa que el vendedor tiene las mismas obligaciones que
bajo CPT, con el añadido de que ha de conseguir un seguro
para la carga contra el riesgo, que soporta el comprador, de
pérdida o daño de la mercancía durante el
transporte. El vendedor contrata el seguro y paga la
correspondiente prima. En caso de que el comprador deseara una
cobertura mayor a la contratada deberá acordarlo con el
vendedor o contratar su propio seguro adicional.
Este término exige que el vendedor despache la
mercancía en aduana para la exportación y puede
usarse con cualquier modo de transporte, incluido el transporte
multimodal.
Obligaciones Comprador
Pagará el precio según lo dispuesto en el
contrato de compraventa. Conseguirá cualquier licencia
de importación y otra autorización oficial
precisa y llevar a cabo todos los trámites aduaneros
para la importación de la mercancía.Aceptará la mercancía cuando ésta sea
entregada y la recibirá del transportista en el lugar
de destino mencionado. Además tiene que asumir todos
los riesgos de pérdida o daño de la
mercancía desde el momento en que haya sido
entregada.Pagará todos los gastos relacionados con la
mercancía desde el momento en que haya sido entregada
a menos que hayan sido incluidos en los fletes o
contraídos por el vendedor. Asimismo, si no da aviso
(cuando tenga derecho de determinar la fecha de
expedición de la mercancía y/o en lugar de
destino) tiene que pagar los gastos adicionales que haya
contraído para la mercancía con tal motivo
desde la fecha convenida.Aceptará el documento de transporte si resulta de
conformidad con el contrato. Tiene que hacer frente a los
gastos de la inspección previa al embarque, excepto si
la inspección ha sido ordenada por las autoridades del
país exportador.Pagará todos los gastos y cargas en que se haya
incurrido en la obtención de documentos y reembolsar
los efectuados por el vendedor al prestar su ayuda al
respecto.
Obligaciones Vendedor
Se verá obligado a suministrar la mercancía
y la factura comercial y cualquier otra prueba de conformidad
que pueda exigir el contrato, a la obtención de
cualquier licencia de exportación y llevar a cabo los
trámites aduaneros necesarios para la
exportación de la mercancía.En lo referente al contrato de transporte, tendrá
que contratar, en los términos usuales y por su propia
cuenta, el transporte de la mercancía hasta el punto
de destino convenido.Obtendrá un seguro por virtud del cual el comprador
pueda reclamar directamente del asegurador, entregando al
comprador la póliza del seguro u otra prueba de la
cobertura de seguro.Entregará la mercancía a la custodia del
transportista o al primer transportista, en la fecha o dentro
del plazo estipulado, para su transporte al lugar de destino
mencionado.Asumirá todos los riesgos de pérdida o
daño de la mercancía hasta el momento en que
haya sido entregada. El vendedor tiene que dar al comprador
aviso suficiente de que la mercancía ha sido
entregada, así como cualquier otra información
necesaria para permitir al comprador la adopción de
las medidas que hagan falta para que pueda retirar la
mercancía.Tiene que facilitar al comprador el documento de
transporte usual, así como pagar los gastos de las
operaciones de verificación necesarios para poder
entregar la mercancía, proporcionar a sus expensas el
embalaje requerido para el transporte y el embalaje ha de ser
adecuadamente marcado.
GRUPO D (llegada)
Características:
Entrega en Punto de Destino.
Vendedor designa y paga el Transporte.
Vendedor asume el riesgo del transporte
principal
DAF (Delivered at frontier)
Definición
Significa que el vendedor ha cumplido su obligación de
entrega cuando ha entregado la mercancía, en el punto y
lugar convenidos de la frontera de destino, pero antes de la
aduana fronteriza del país colindante, sin descargar del
elemento de transporte y sin realizar el despacho de importación. Con este término es muy
importante tener claro que la frontera debe estar definida con
precisión, haciendo mención del punto y del
lugar.
El término está pensado para su
utilización exclusiva cuando la mercancía sea
entregada en una frontera terrestre, y por tanto transportada por
ferrocarril o carretera.
Obligaciones Comprador
El comprador tiene que pagar el precio según lo
dispuesto en el contrato de compraventa, conseguir cualquier
licencia de importación y llevar a cabo los
trámites aduaneros para la importación de la
mercancía.Está obligado a recibir la entrega de la
mercancía tan pronto como haya sido puesta a su
disposición, así como asumir todos los riesgos
de pérdida o daño de la mercancía desde
el momento en que haya sido puesta a su disposición y
pagar todos los gastos desde ese momento y los derechos,
impuestos y otras cargas oficiales.Cuando tenga el derecho de determinar la fecha dentro de
un estipulado plazo y/o el lugar de recepción de la
entrega, le tiene que dar al vendedor aviso suficiente al
respecto.Aceptará el documento de transporte y/o cualquier
otra prueba de la entrega, pagará los gastos de la
inspección previa al embarque, así como todos
los gastos y cargar en que se haya incurrido para obtener los
documentos y reembolsar los efectuados por el vendedor al
prestar su ayuda al respecto.
Obligaciones Vendedor
Este tiene que suministrar la mercancía y la
factura comercial de conformidad con el contrato de venta, y
cualquier otra prueba de conformidad que pueda exigir el
contrato.Tiene que obtener cualquier licencia de exportación
o cualquier otro documento necesario para colocar la
mercancía a disposición del comprador y llevar
a cabo todos los trámites aduaneros para la
exportación de la mercancía al lugar mencionado
de entrega en la frontera.El vendedor se ve en la obligación de contratar el
transporte de la mercancía por una ruta usual y en una
forma acostumbrada hasta el punto convenido del lugar de
entrega en la frontera y colocará la mercancía
a disposición del comprador en el lugar mencionado de
entrega en la frontera, en la fecha o dentro del plazo
estipulado.Los gastos a los que tiene que hacer frente son los
relativos a la mercancía hasta que haya sido
entregada, los gastos de las operaciones de descarga, los
gastos de trámites aduaneros necesarios para la
exportación, así como los derechos, impuestos y
otras cargas oficiales exigibles a la exportación.Este tiene que dar al comprador aviso suficiente del
despacho de la mercancía hacia el lugar mencionado de
la frontera, facilitará al comprador los documentos
usuales y otra prueba de la entrega de la mercancía en
el lugar de la frontera mencionado.Pagará los gastos de las operaciones de
verificación necesarios para poder entregar la
mercancía y prestará al comprador la ayuda
precisa para obtener cualquier documento necesario para la
importación de la mercancía
DES (Delivered Ex Ship)
Definición
El vendedor ha cumplido su obligación de entrega
cuando ha puesto la mercancía a disposición del
comprador o en un trasporte multimodal o a bordo de un buque,
en el puerto de destino convenido, sin despacharla en aduana
para la importación.Se utiliza cuando las partes deciden que es el vendedor
quien asume los costos y riesgos de descargar la
mercancía.Este término sólo puede usarse para el
transporte por mar o por vías navegables
interiores.
Obligaciones Comprador
Este tiene que pagar el precio según lo dispuesto
en el contrato de compraventa, así como conseguir
cualquier licencia de importación, autorización
oficial precisa y realizar todos los trámites
aduaneros necesarios para la importación.Tomar posesión de la mercancía tan pronto
como ésta sea puesta a su disposición y asumir
todos los riesgos de pérdida o daño de la
mercancía desde este momento, salvo que no le haya
dado aviso suficiente al vendedor en donde asumirá
todos los riesgos de pérdida y daño a partir de
la fecha convenida para la entrega.Pagará los gastos relacionados con la
mercancía, incluidos los de descarga, desde el momento
en que ha sido puesta a su disposición, los derechos,
impuestos y otras cargas oficiales, así como los
gastos de la inspección previa al embarque.
También aceptará la orden de entrega o el
documento de transporte.
Obligaciones Vendedor
Deberá suministrar la mercancía y la factura
comercial de conformidad con el contrato de venta.Obtendrá cualquier licencia de exportación y
llevará a cabo todos los trámites aduaneros
necesarios para dicha exportación.Tendrá que contratar el transporte de la
mercancía hasta el punto convenido del puerto de
destino mencionado.Colocará la mercancía a disposición
del comprador a bordo del buque sin realizar el despacho de
importación, en la fecha o dentro del plazo
estipulado, de forma tal que pueda ser retirada del buque por
el equipo de descarga adecuado a la naturaleza de la
mercancía.Asumirá todos los riesgos de pérdida o
daño de la mercancía hasta el momento en que
haya sido entregada.El vendedor pagará todos los gastos relacionados
con la mercancía hasta el momento en que haya sido
entregada, así como los gastos de los trámites
aduaneros necesarios a la exportación, los derechos,
impuestos y cargas oficiales exigibles a la
exportación.Le tiene que dar al comprador aviso suficiente de la fecha
estimada de la llegada del buque convenido, así como
cualquier otra información necesaria para que el
comprador pueda adoptar las medidas que normalmente hagan
falta para permitirle retirar la mercancía. Le
facilitará al comprador la orden de entrega y/o el
documento de transporte que le permita tomar posesión
de la mercancía.Pagará los gastos de las operaciones de
verificación necesarios para poder entregar la
mercancía y proporcionará a sus expensas el
embalaje requerido para el transporte de la
mercancía
DEQ (Delivered Ex Quay)
Definición
El vendedor ha cumplido su obligación de entrega cuando
ha puesto la mercancía a disposición del comprador
sobre el muelle, en el puerto de destino convenido.
Este término no debe usarse si el vendedor no puede
obtener la licencia de importación.
Si las partes desean que el comprador despache en aduana la
mercancía para la importación y pague los derechos,
deberían utilizarse las palabras "duty unpaid" (derechos
no pagados) en vez de "duty paid" (derechos pagados).
Obligaciones Comprador
Pagar el precio según lo dispuesto en el contrato
de compraventa y proporcionar al vendedor la ayuda precisa
para conseguir cualquier licencia de importación u
otra autorización oficial necesaria para la
importación de la mercancía, además la
toma de posesión de la mercancía tan pronto
como ésta sea puesta a su disposición.El comprador asume todos los costos derivados de la
importación así como obtener todos los permisos
y licencias necesarios para su importación. Si desea
que esta responsabilidad la asuma el vendedor deberá
señalarse en el contrato de compraventa.Asume todos los riesgos de pérdida o daño de
la mercancía desde el momento en que haya sido puesta
a su disposición, así como pagar todos los
gastos relacionados con la mercancía desde dicho
momento.Cuando tenga el derecho de determinar la fecha dentro de
un plazo estipulado, le dará al vendedor aviso
suficiente al respecto y aceptará la orden de entrega
o el documento de transporte.Pagará los gastos de inspección previa al
embarque, excepto si la inspección ha sido ordenada
por las autoridades del país exportador.Facilitará al vendedor la asistencia precisa para
conseguir los documentos emitidos en el país de
importación que el vendedor pueda requerir a fin de
poner la mercancía a disposición del
comprador.
Obligaciones Vendedor
Suministrar la mercancía y la factura comercial de
conformidad con el contrato de venta, además
obtendrá cualquier licencia de exportación e
importación y llevar a cabo todos los trámites
aduaneros para la exportación e importación de
la mercancía.Contratará el transporte de la mercancía por
una ruta usual y pondrá la mercancía a
disposición del comprador sobre el muelle en el puerto
de destino convenido y en la fecha acordada.Pagará todos los gastos relacionados con la
mercancía hasta el momento en que haya sido entregada
y los gastos de los trámites aduaneros, así
como todos los derechos, impuestos y otras cargas oficiales
exigibles a la exportación y a la importación
de la mercancía.Dará al comprador aviso suficiente de la fecha
estimada de la llegada del buque convenido, así como
cualquier otra información necesaria para que el
comprador pueda adoptar las medidas que normalmente hagan
falta para permitirle retirar la mercancía.Facilitará al comprador la orden de entrega que
permita al comprador tomar posesión de la
mercancía.Pagará los gastos de las operaciones de
verificación necesarios para poder entregar la
mercancía, así como los gastos y cargas
contraídos por el comprador al obtener los documentos
requeridos para la realización del despacho de
importación o cualquier otra gestión precisada
hasta poner la mercancía a disposición del
comprador.
DDU (Delivered Duty Unpaid)
Definición
El vendedor ha cumplido su obligación de entregar
la mercancía cuando ha sido puesta a
disposición del comprador en el lugar convenido del
país de importación.El vendedor ha de asumir todos los gastos y riesgos
relacionados con llevar la mercancía hasta aquel
lugar, así como los gastos y riesgos de llevar a cabo
las formalidades aduaneras.El comprador ha de pagar cualesquiera gastos adicionales y
soportar los riesgos en caso de no poder despachar la
mercancía en aduana para su importación a su
debido tiempo.Si las partes desean que el vendedor lleve a cabo los
trámites aduaneros y soporte los gastos y riesgos
resultantes, esto ha de ser claramente expresado,
añadiendo las palabras pertinentes.Este término puede utilizarse sea cual sea el medio
de transporte, pero cuando la entrega tenga lugar en el
puerto de destino, a bordo del buque o en el muelle, deben
usarse los términos DES o DEQ.
Obligaciones Comprador
Pagará el precio según lo dispuesto en el
contrato de compraventa y obtendrá cualquier licencia
de importación y llevar a cabo los trámites
aduaneros necesarios para la importación de la
mercancía.Tomará posesión de la mercancía tan
pronto como ésta sea puesta a su disposición y
asumiendo todos los riesgos de pérdida o daño
de la mercancía desde el momento en que haya sido
puesta a su disposición, además de pagar todos
los gastos relacionados con la mercancía desde dicho
momento.Cuando tenga el derecho de determinar la fecha dentro de
un plazo estipulado y/o el lugar donde recibir la entrega, le
dará al vendedor aviso suficiente al respecto.Tendrá que aceptar la adecuada orden de entrega y
pagar los gastos de la inspección previa al embarque y
todos los gastos y cargas en que se haya incurrido para la
obtención de documentos y reembolsará los
efectuados por el vendedor al prestar su ayuda al
respecto.
Obligaciones Vendedor
Suministrar la mercancía y la factura comercial de
conformidad con el contrato de venta y obtener cualquier
licencia de exportación u otras autorizaciones
oficiales precisas para llevar a cabo todos los
trámites aduaneros para la exportación de la
mercancía.Tiene que contratar el transporte de la mercancía
por una ruta usual y si no se ha acordado ningún punto
o si éste no viene determinado por la práctica,
el vendedor puede escoger el punto del lugar de destino que
mejor le convenga.Tiene que poner la mercancía a disposición
del comprador en la fecha o dentro del plazo estipulado,
así como asumir todos los riesgos de pérdida o
daño de la mercancía hasta el momento en que
haya sido entregada al comprador, pagando todos los gastos
relacionados con la mercancía hasta dicho momento.Asume los gastos de los trámites aduaneros
necesarios para la exportación.Dar al comprador aviso suficiente del despacho de la
mercancía, así como cualquier otra
información necesaria para que el comprador pueda
adoptar las medidas que normalmente hagan falta para
permitirle retirar la mercancía.Tiene que facilitar la orden de entrega y/o el documento
de transporte que pueda necesitar el comprador para tomar
posesión de la mercancía, así como pagar
los gastos de las operaciones de verificación
necesarios para poder entregar la mercancía y
proporcionar a sus expensas el embalaje requerido para la
entrega de la mercancía.
DDP (Delivered Duty Paid)
Definición
El término DDP significa el máximo de
obligaciones para el vendedor y no debe utilizarse si el
vendedor no puede obtener la licencia de
importación.Si las partes desean que el comprador asuma todos los
riesgos y costos de la importación, deber usarse el
término DDU.Igualmente si desean excluir de las obligaciones del
vendedor alguno de los gastos pagaderos a la
importación de la mercancía, debe ser
claramente expresado, añadiendo las palabras
"Delivered Duty Paid", "VAT", "Unpaid" (entregada derechos
pagados, IVA no pagado).Este término puede utilizarse, sea cual sea el
medio de transporte, pero si la entrega tiene lugar en un
punto de destino a bordo del buque o en el muelle, debe
usarse DES o DEQ.
Obligaciones Comprador
Tiene que pagar el precio según lo dispuesto en el
contrato de compraventa y proporcionar al vendedor la ayuda
precisa para conseguir cualquier licencia de
importación.Tomará posesión de la mercancía tan
pronto como ésta sea puesta a su disposición,
asumirá todos los riesgos de pérdida o
daño de la mercancía desde el momento en que
haya sido puesta a su disposición y pagará
todos los gastos relacionados con la mercancía desde
dicho momento.Cuando tenga el derecho de determinar la fecha dentro de
un plazo estipulado y/o el lugar dónde recibir la
entrega, dar al vendedor aviso suficiente al respecto.Aceptará la adecuada orden de entrega y
pagará los gastos de la inspección previa al
embarque.Facilitará al vendedor la ayuda precisa para
conseguir los documentos emitidos en el país de la
importación que el vendedor pueda requerir, a fin de
poner la mercancía a disposición del
comprador.
Obligaciones Vendedor
Suministrar la mercancía y la factura comercial de
conformidad con el contrato de venta, y obtener cualesquiera
licencias de exportación e importación y
llevando a cabo todos los trámites aduaneros para la
exportación e importación de la
mercancía.Contratará el transporte de la mercancía por
una ruta usual y pondrá la mercancía a
disposición del comprador en la fecha o dentro del
plazo estipulado, además de asumir todos los riesgos
de pérdida o daño para la mercancía
hasta el momento en que haya sido entregada.Pagará todos los gastos relacionados con la
mercancía hasta el momento en que haya sido entregada
y los gastos de los trámites aduaneros a menos que se
hubiera acordado otra cosa.Le dará al comprador aviso suficiente del despacho
de la mercancía, así como cualquier otra
información necesaria para que el comprador pueda
adoptar las medidas que normalmente hagan falta para
permitirle retirar la mercancía. También le
facilitará la orden de entrega y/o el acostumbrado
documento de transporte que pueda necesitar el comprador para
tomar posesión de la mercancía.Pagará los gastos de las operaciones de
verificación (tales como comprobación de
calidad, medida, peso, recuento) necesarios para poder
entregar la mercancía y proporcionar a sus expensas el
embalaje requerido para la entrega de la mercancía,
así como pagar los gastos y cargas contraídos
al obtener los documentos emitidos en el país de
importación, y reembolsar los contraídos por el
comprador al facilitarle su ayuda al respecto.
SEGURO DE CARGA
Definición
ES UN MECANISMO MEDIANTE EL CUAL EL COMERCIANTE SE SALVA DE
SUFRIR PERDIDAS O DAÑOS QUE LE PUDIERAN SUCEDER A LA CARGA
DURANTE EL TRANSITO HASTA SU DESTINO FINAL. En la CARTILLA de
SEGUROS DE
TRANSPORTE PARA EXPORTACIONES
COLOMBIANAS, expresa sobre la importancia de la
adquisición de estos seguros de carga, " Las
actividades de comercio
internacional, como el transporte y las condiciones de
compraventa, generan riesgos, que pueden incidir en la
pérdida parcial o total de la mercancía. Para ello
es importante que tanto compradores como vendedores adopten
medidas, como la contratación de pólizas de seguro
que amparen sus mercancías durante los movimientos de la
carga desde su origen hasta su destino final.
Cuánto es el valor de estos
seguros de carga.
Varía de muchas maneras. Existen tarifas muy diversas.
Para pólizas específicas puede variar entre 0.5 %
hasta 2 % del valor de la mercancía. Las
pólizas automáticas varían entre 0.05 %
hasta 0.80 %, dependiendo de las condiciones de cada generador de
carga.
Tipo de mercancía
Valores a asegurar
Trayectos
Volumen de carga
Experiencia en reclamos
Logística utilizada
Calidad de los proveedores de transporte.
SE DEBE TENER EN CUENTA EL VALOR DE LA MERCANCIA
COMERCIALMENTEEL VALOR DE LOS FLETES
LOS GASTOS DE EXPORTACION O IMPORTACION
VALOR DE IMPREVISTOS
LUCRO CESANTE (10%)
Clases de
Pólizas
AUTOMATICA: CUANDO SE MOVILIZA CONTINUAMENTE CARGA Y EN
VOLUMENES IMPORTANTE
ESPECIFICA: PARA EMBARQUES MENORES Y DE POCA REGULARIDAD
COBERTURAS DEL
SEGURO
1- Cobertura Mínima:
Cubre el incendio, rayo, explosión o hechos tendientes
a extinguir el fuego originado por tales causas. Caída
accidental de bultos al mar durante su navegación o
durante operaciones de
cargue, descargue o trasbordo, perdidas o daños que sufra
el vehículo transportador o el vehículo asegurado
cuando éste se movilice por sus propios medios.
2- Falta de Entrega:
O extravió por hurto calificado de uno o más
bultos completos (contenido y empaque), en que
se halle dividido el despacho, de acuerdo con los documentos de
transporte.
3- Avería particular:
Rotura, derrame, contaminación agua,
aplastamiento, manchas, abolladuras, óxido, contacto con
aceite o
grasas,
mermas, evaporaciones o filtraciones por rotura de empaque,
golpes y caídas de los bienes a
tierra.
Daños referentes al contenido y no al empaque
4- Saqueo:
Cuando hay sustracción parcial o total del contenido de
los bultos o sustracción de alguna parte integrante de los
bienes asegurados, cuando no tenga empaque
5- Otros riesgos asegurables:
Guerra internacional, guerra civil,
rebelión, insurrección, acto hostil de un poder
beligerante o contra dicho poder, aprehensión proveniente
de los anteriores riesgos, minas torpedos, bombas u otros
artefactos de guerra abandonados, huelgas, suspensión de
trabajos por cierre patronal, disturbios, motines,
conmoción civil, terrorismo.
6- Riesgos no asegurables:
Embargo y secuestro,
retención, vicio propio, combustión espontánea, mermas,
evaporaciones o filtraciones, pérdidas o daños
causados por roedores, comején, gorgojo, polillas u otras
plagas; reacción o radiación
nuclear; perdidas por errores en el despacho y los daños
por haberse despachado bienes en mal estado.
CONCLUSION
Gracias a la creación de INCOTERMS, se mejoró y
reforzó las prácticas comerciales internacionales,
para que de esta manera a los comerciantes les fuera más
posible o factible el solucionar problemas
relacionados con los contratos,
mercancías, operaciones, en fin, todo lo concerniente a la
compraventa de mercancías, siendo un gran respaldo para
las negociaciones de un país a otro"
Br. Zaid Reyes
BIBLIOGRAFÍA
1. Lic. Felipe Acosta Roca en su obra
Incoterms, Términos de Compra- Venta Internacional
Publicado por Ediciones Fiscales ISEF.
2. JOSE IGNACIO NARVÁEZ
GRACIA, DERECHO MERCANTIL COLOMBIANO OBLIGACIONES Y
CONTRATOS MERCANTILES.
3. DICCIONARIO DE LA LENGUA
ESPAÑOLA © 2005 Espasa-Calpe S.A.,
Madrid.4. Importaciones y exportaciones,
Tratamiento jurídico, Escrito por Eugenio Jaime Leyva
García, Edición, 2 Publicado por Ediciones
Fiscales ISEF, 2004.
5. Reglas de Comercio Exterior,
Publicado por Ediciones Fiscales ISEF, Dr. Eugenio Leyva
García. 2005.
6. Trámites y Documentos en
Materia Aduanera Escrito por Felipe Acosta Roca, Publicado
por Ediciones Fiscales ISEF.
7. Lic. Felipe Acosta Roca en su obra
Glosario de Comercio Exterior, Publicado por Ediciones
Fiscales ISEF MANERA DE GUIA
8. BRAVO MELGAR, SYDNEY ALEX.,
Contratos Modernos Empresariales", Tomo I, Editora "FECAT"
E.I.R.L. Lima, 1,9979. ANIBAL ALTERINI,
ATILIO."Contratos: civiles, comerciales, de consumo",
teoría general, 1ra. Edición, 1ra.
reimpresión, Abeledo Perrot S.A. editores, Buenos
Aires.
Autor:
Alfonso Vargas Palacios
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